Cómo rescatar tu plan de pensiones pagando menos a Hacienda

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Un plan de pensiones es una alternativa que existe para que los que nominados podamos pagar algo menos a Hacienda. Sin embargo, Hacienda únicamente se sienta a esperarte.

 

Tenlo en cuenta porque cuando lo rescates tendrás que pasar por ventanilla.

 

En este post vamos a hablar de lo que tienes que hacer para rescatar tu plan de pensiones pagando menos a Hacienda y para ello te voy a contar la historia de Juan el Carpintero.

Juan tiene ahora 64 años, a punto de cumplir los 65. Lleva toda la vida trabajando prácticamente porque pertenece a los chicos que nacieron poco después de la guerra civil. Y en aquellos tiempos o te buscabas la vida rápido o pasabas hambre. Juan empezó a hacer chapuzas con la madera con un amigo de su padre, y poco a poco fue aprendiendo el oficio.

El negocio de Juan es muy artesanal. Trabaja en una especie de garaje que es su taller. Sus herramientas parecen tener los mismos años que él. Todo lo hace de forma manual. Con clientes de toda la vida y cuidando cada detalle. Una calidad excepcional, a base de horas y de aspirar serrín. Pero un margen escaso y sobre todo muy poco tiempo para la familia.

Este negocio no le ha permitido hacerse rico, pero ha mantenido a su familia sin problemas, ha dado educación a sus hijos y ha podido ir ahorrando para completar su jubilación. Y además siempre le ha gustado la madera. Siempre le ha gustado construir cosas con las manos y si esas cosas son útiles para otros mejor que mejor.

¿Qué más se le puede pedir a un trabajo no?

Juan, como otros muchos, hace tiempo que lleva realizando aportaciones a un plan de pensiones. Optó en su día por esta forma de ahorro a largo plazo porque le permitía pagar menos impuestos y porque se aseguraba que ese dinero no lo podía mover salvo que estuviera jubilado. De esta forma se forzaba a ahorrar y además reducía el pago de impuestos.

En su momento le pareció una muy buena idea y en su caja de toda la vida (si, por aquellos entonces las cajas todavía existían y se ocupaban de sus clientes, en lugar de preocuparse por las casas que iban a construir) le vendieron un Plan de Pensiones que encajaba con sus necesidades.

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Hay muchas clases de planes de pensiones (si no tienes claro lo que son te recomiendo esta entrada en la que te cuento a la cara qué son los plannes de pensiones y cómo funcionan) y muchos productos alternativos a estos planes como te contaba en este artículo en el que hablo de las diferencias entre un plan de pensiones y uno de jubilación por lo que acertar con lo que necesitas no es tan fácil.

Ahora ha llegado la hora de su jubilación y la verdad es que está un poco asustado porque ya conoce a otros amigos que se han jubilado antes que él y ha oído que Hacienda les ha metido unos palos impresionantes y han tenido que pagar muchos impuestos en su declaración de la Renta.

¿Qué hacer para rescatar tu plan de pensiones pagando menos a Hacienda?

 

 

Dos cosas:

1.- Has de entender cómo funciona la desgravación fiscal de un plan de pensiones.

Si no la conoces, no podrás intentar aprovecharla al máximo.

Aunque los términos se parecen, se trata de una desgravación, no una deducción. Y ambas son diferentes. 

Una deducción te permite restar de lo que vas a pagar a Hacienda un importe.

Te pongo un ejemplo, si tu declaración te sale a pagar a Hacienda 2.000 euros y tienes una deducción por vivienda habitual de 1.200 vas a pagar a Hacienda 800 euros. La deducción se resta directamente de lo que pagas.

Una desgravación reduce tu base imponible

Es decir, sobre lo que Hacienda te aplica el porcentaje para pagar), y al reducir tu base imponible, como pagas un porcentaje sobre esa base, pagas menos.

Te pongo otro ejemplo en versión resumida. Si como cobras  50.000 euros, Hacienda te está aplicando un 25% y pagas 12.500 euros. Reduces esta base imponible realizando una aportación de 10.000 euros a un plan de pensiones. Entonces tus ingresos ya no son 50.000 sino 40.000, y esto hará que por una parte te apliquen un % inferior (imagina el 20%) sobre un importe inferior (40.000) luego pagarás 8.000 euros.

Entonces, cuando haces aportaciones a un plan de pensiones, estas aportaciones reducen tu base imponible (es como si no las hubieras cobrado) y por tanto pagas menos impuestos.

Por ahora…Pero ¿qué sucede cuando decides rescatar tu plan de pensiones?

Pues que igual que restaron en su día ahora suman. Y al sumar tu base imponible se incrementa y al crecer tu base imponible crece el porcentaje que te va a aplicar Hacienda y al aplicar un porcentaje mayor sobre una cifra mayor pagas más impuestos.

 Para que te hagas una idea te pongo un ejemplo simplificado: imagina que cobras 15.000 euros de jubilación. Y sobre esto pagas 1.500 euros a Hacienda (es decir, tienes un tipo efectivo del un 10%). Imagina que tienes un plan de pensiones cuyo valor es de 65.000 euros. Y decides rescatarlo. Entonces tu base imponible crece hasta los 80.000 euros (15.000 + 65.000) , y también sube el porcentaje que te van a aplicar. Imagina que tu tipo efectivo sube al 25%. Entonces pagarás de impuestos 20.000 euros (25%*80.000). Asusta ¿no?

2.-Debes elegir correctamente cómo quiere recuperar su plan de pensiones.

Puedes recuperar el dinero que aportaste en forma de:

  • renta: esto quiere decir que vas recibiendo una renta todos los meses hasta que liquides el Plan de Pensiones.
  • capital: esto quiere decir que lo recibes todo de una vez.
  • mixta: una parte en forma de capital y otra en forma de renta.

En función de cómo recuperes tu fondo vas a pagar unos impuestos u otros.

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Si lo cobras todo en forma de capital, pagarás todos los impuestos en cuanto lo cobre. Y será una cantidad importante. Pero ya no tendrás que preocuparte más.

Si lo cobras en forma de  renta y esta es muy pequeña, como los porcentajes se aplican por tramos, es posible que al cobrar ese importe tan pequeño no se incremente el porcentaje y por tanto no tengas que pagar más. Pero claro, si es muy pequeño lo que va cobrando pues quizá ni lo puedas disfrutar.

Lo ideal: encontrar el punto medio entre el importe que te gustaría cobrar como renta y lo que haría que pasaras de un tramo a otro. De esta forma minimizarías el pago a Hacienda.

Si quieres más información acerca de ahorro e inversión te recomiendo que leas mi artículo para invertir en fondos de inversión para sacar más rendimiento a tus ahorros:

 

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26 Comentarios
  • Avatar for alfredo
    alfredo
    Posted at 06:14h, 24 abril Responder

    hola, me llamo Alfredo y me ha aclarado mucho este articulo sobre la jubilación y el rescate que acabo de hacer, por lo que entiendo el porqué hacienda me ha retenido 2.707,96

    • Avatar for JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      Posted at 21:16h, 24 abril Responder

      Hola Alfredo:

      De veras te agradezco el comentario. Me alegra mucho comprobar con vosotros cómo las cosas que publico os son útiles.

      Un abrazo y que pases un buen final de semana

      JCarlos

  • Avatar for Francisco Alfonso Monllor Marco
    Francisco Alfonso Monllor Marco
    Posted at 07:16h, 09 mayo Responder

    Soy Paco gracias por tus aclaraciones, las personas de a pie nos vemos desamparadas con relación a los impuestos, tu explicación me viene anillo al dedo, gracias

    • Avatar for JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      Posted at 19:16h, 09 mayo Responder

      Muchas Gracias Paco, me alegro de que te sea útil.

      Por cierto, impresionante la maqueta del Juan Sebastián El Cano.

      Un saludo

      JCarlos

  • Avatar for José
    José
    Posted at 18:06h, 20 mayo Responder

    Buenas tardes José Carlos, mi nombre es José, y me gustaría si es posible que me ayudaras en un tema muy relacionado con esto.

    Tengo 64 años, este año cumplo los 65, tengo mi plan de pensiones en un banco y lo quiero rescatar en forma de renta, la semana pasada, una aseguradora, me indicó que a la hora de rescatar un Plan de pensiones, si lo hago a través del banco, aunque este me haga una renta, al rescatarlo me lo ingresan en cuenta, y después me hacen la renta, con lo que al ingresarlo en cuenta, ya me cobra hacienda, puesto que pasa por cuenta. La aseguradora me indica que ellos trabajan con soluciones que no pasan por cuenta corriente, por lo que la renta es directa y al no pasa por cuenta, solo tributaré por los beneficios de la renta.

    Yo no se si esto es cierto o no, lo único que tengo claro es que no se a quien creer, dado que el banco no me lo aclara y la aseguradora me asegura que es así, lo cierto es que me jubilo en octubre y no se que hacer.

    Siento que esto sea tan largo, pero necesito que alguien me aclare el tema, porque son muchos años trabajando y ahorrando para que ahora por no hacerlo bien pierda parte del dinero.

    También me ayudarías si me indicaras donde puedo informarme que sea imparcial a Banco y Aseguradora, para ver quien dice la verdad.

    Muchas gracias

    • Avatar for JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      Posted at 18:37h, 20 mayo Responder

      Buenas Tardes Jose:

      La imparcialidad te la garantiza la AEAT. La mejor consulta se la podrías realizar a Hacienda directamente.

      Te comento, Hacienda dice lo siguiente:

      Las prestaciones de los planes de pensiones tendrán el carácter de dinerarias y podrán ser:

      a) Prestación en forma de capital, consistente en una percepción de pago único. El pago de esta prestación podrá ser inmediato a la fecha de la contingencia o diferido a un momento posterior.

      b) Prestación en forma de renta, consistente en la percepción de dos o más pagos sucesivos con periodicidad regular, incluyendo al menos un pago en cada anualidad. La renta podrá ser actuarial o financiera, de cuantía constante o variable en función de algún índice o parámetro de referencia predeterminado.

      Por tanto si recibes el pago según se indica en el apartado b, lo estarías recibiendo en forma de renta y así debería comunicarlo el Banco a la AEAT y así debería aparecer en tus datos fiscales.

      Un saludo

      JCarlos

  • Avatar for benjamin garcia gonzalo
    benjamin garcia gonzalo
    Posted at 19:57h, 14 julio Responder

    hola jose Carlos mi nombre es Benjamin
    mi pregunta es yo tengo un plan de pensiones de 7.000 euros en este momento con una aportacion de 150 euros al mes en ing .y hacienda me desgraba ; yo tengo ahora 48 años
    cuando me jubile cuanto se quedaria hacienda x mi plan que prcentaje
    puedo recuperar mi dinero . si en vez de un plan tubiese una renta vitalicia se quedaria lo mismo ,o seria menos espero tu respuesta un placer

    • Avatar for JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      Posted at 21:08h, 14 julio Responder

      Hola Benjamin, buenas tardes:

      Cuando lo rescates Hacienda se quedará un porcentaje en función del resto de tus ingresos. Digamos que es como si en el momento en que lo rescatas cobraras una renta del trabajo más, y entra a sumar con el resto de ingresos que tengas.

      Recuperarlo como renta o como capital es mejor o peor dependiendo de tu casuística concreta. Tus ingresos de ese año, las deducciones a las que tengas derecho etc. No hay una respuesta en concreto, depende de cada caso.

      Un saludo

      JCarlos

  • Avatar for juan manuel
    juan manuel
    Posted at 10:12h, 25 agosto Responder

    Hola jose carlos te comento yo en marzo rescate mi plan de pensiones en forma de capital de 8300 euros por ser parado de larga duración el banco no me retuvo nada de hacienda entiendo que lo ara hacienda la retención yo no trabajo ni recibo ningún ingreso sobre esa cantidad de 8300 euros en el próximo ejercicio de renta cuanto tendre que pagar gracias.

  • Avatar for Silvia.
    Silvia.
    Posted at 16:59h, 27 agosto Responder

    Hola Jose Carlos,poseo un plan de pensiones de 5.800 euros y deseo rescatarlo por desempleo de larga duración y actualmente estoy cobrando la ayuda familiar de 426 euros que se me agota en el mes de octubre.He presentado después de darme largas la entidad bancaria durante dos meses toda la documentación requerida por diversos empleados de la misma hasta llegar al director que aceptó el rescate mediante la forma de renta suponiendo que es la más conveniente cobrándolo el resto de meses del 2014,y 2015-2016,pero en estos dias he recibido una llamada de dicho director comunicandome que es posible en forma de renta solo los meses que restan de 2014 y para 2015 tendria que presentar de nuevo toda la documentación.La fecha de inicio del plan es el 3/01/1989.No se si lo que me dice es cierto o me siguen dando largas,necesito tu ayuda y tus expertas aclaraciones,un cordial saludo y muchas gracias.

    SILVIA.

    • Avatar for JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      Posted at 20:05h, 27 agosto Responder

      Hola Silvia:

      Lo primero OJO con rescatar el plan de pensiones antes de que se te acabe la prestación, porque seguramente la prestación esté condicionada a la ausencia de rentas, y la recuperación del plan de pensiones tiene consideración de renta del trabajo por lo que es posible que te quitaran la prestación. Consúltalo en tu delegación del servicio estatal de empleo antes de hacer nada.

      Por lo demás las condiciones para rescatar el Plan de Pensiones son:
      – estar en situación legal de desempleo (esto es por despido individual o colectivo, procedente o improcedente, fin de un contrato temporal o en periodo de pruebas, suspensión temporal de empleo o reducción de la jornada en un expediente de regulación de empleo (ERE), por la muerte, jubilación o incapacidad del empresario, o incapacidad permanente total del trabajador para la profesión habitual)
      – no tener derecho a prestaciones a nivel contributivo (el paro de toda la vida vaya)
      – y estar inscrito como demandante de empleo. Con estas tres condiciones.

      Cumpliendo estas tres condiciones no te pueden poner ningún impedimento para rescatarlo y en caso de que lo hagan pon una reclamación en la oficina de atención al cliente del mismo Banco, pidiendo el justificante para presentarla después ante el Banco de España.

      Como última nota, ten en cuenta que estos ingresos van a ser considerados como rentas del trabajo por lo que el año que viene es posible que Hacienda te de un palo fuerte, porque ahora no te van a retener nada. ¿Tenlo en cuenta vale?

      Un saludo

      JCarlos

  • Avatar for Lester
    Lester
    Posted at 19:49h, 04 septiembre Responder

    Hola José, mi padre es discapacitado y cobra un pensión por minusvalía tiene un 65% el cumple ahora los 65 años y quiere recuperar su plan de pensiones de 30.000 en forma de capital y quería saber cuanto se quedaría Hacienda.

    Gracias.

  • Avatar for Jesús
    Jesús
    Posted at 01:37h, 08 octubre Responder

    Hola, felicidades por el blog, una información muy útil para el contribuyente. Mi pregunta es la siguiente, puesto que voy a rescatar un plan de pensiones próximamente: puedo empezar a rescatar en forma de renta la parte correspondiente a lo no bonificado con la rebaja fiscal, es decir, lo aportado después del 2006 y posteriormente rescatar en forma de capital lo bonificado? Otra pregunta sería si puedo rescatar en forma de renta la parte bonificada con la exención del 40%. Gracias y un saludo.

  • Avatar for Gabriel
    Gabriel
    Posted at 01:41h, 01 enero Responder

    Hola Jose Carlos, me llamo Gabriel, tengo un plan de pensiones de 30000 €, ya estoy jubilado y quisiera rescatarlos de la forma que sea mas rentable. Mi pension es mas bien alta y creo que lo mas rentable seria rescatarlo en forma de renta y en pequeñas cantidades para que no me suba mucho a la hora de hacer la declaración, pero según me han dicho que solo tengo derecho al 40% que esta exento, de lo que rescate en un año, después el resto tendría que declarar el100% . Tan solo quisiera saber si esto es así. Quedo agradecido por poder contar con esta información

    • Avatar for JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      Posted at 22:28h, 01 enero Responder

      Hola Gabriel:

      Desde la reforma fiscal, la exención del 40% solo aplica cuando:

      – realizas el cobro en forma de capital
      – solo para las aportaciones realizadas con anterioridad a Diciembre del 2006 (si son de aportaciones posteriores no existe ninguna exención fiscal),
      – siempre que hayan transcurrido más de 2 años desde la primera aportación
      – si sacas el dinero en el ejercicio en que te jubilaste o en los dos siguientes (cambio de la reforma fiscal).

      Hay un régimen transitorio si te has jubilado y todavía no has cobrado el plan de pensiones pero con limitaciones de fechas:
      – si te has jubilado entre 2009 y 2014: tienes un plazo de ocho ejercicios desde que te jubilaste para rescatar el plan con el beneficio del 40% en lo rescatado
      – si te jubilaste antes del 2009: puedes aplicar la reducción del 40% si recuperas el dinero antes del 31 de diciembre de 2016. En un año vaya.

      Como ves hay mucha variabilidad. Si quieres que responda a tu caso concreto te invito a que consultes mi servicio https://www.cuantovaleuneuro.es/servicio-de-consulta-personalizada-cuanto-vale-un-euro/

      Un saludo y Feliz Año!!

  • Avatar for Rafael De Alba
    Rafael De Alba
    Posted at 13:00h, 07 enero Responder

    Muy agradecido por tus explicaciones, aunque tengo algunas dudas de los planes de pensiones, segun lo visto mejor no tener ninguno por que hacienda te lo quita casi todo. Muchas gracias

    • Avatar for JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      JOSE CARLOS ALVAREZ JIMENEZ
      Posted at 19:26h, 07 enero Responder

      Hola Rafael, buenas tardes:

      Contratar un plan de pensiones es una muy buena opción para pagar menos impuestos ahora, por lo que si Hacienda ahora mismo te está sangrando, contratar un plan de pensiones es una forma de solucionarlo.

      Después es en el rescate en el que hay que tener cuidado, sin embargo lo lógico es que cuando cobres el plan de pensiones tus ingresos sean menores y por tanto el porcentaje que te aplique Hacienda también, por lo que ahorrarías.

      Te puedo decir que la mayor parte de mis clientes sí lo tienen y te aseguro que fiscalmente están muy satisfechos :-). Otra cosa es la rentabilidad de los planes de pensiones, pero eso ya es motivo para hablar largo y tendido.

      Un cordial saludo

      JCarlos

  • Avatar for victor bernardez fernandez
    victor bernardez fernandez
    Posted at 15:19h, 10 abril Responder

    La verdad es que me interesa este tema estoy jubilado desde hace 2 meses y quiero rescatar mi plan de pensiones de hecho ya le pedí al banco un extracto total de mi plan y me han dicho que lo tendré en unos días en cuanto tenga todos los datos les pediré su consejo gracias por explicarnos todos estos detalles victor bernardez fernandez

  • Avatar for Lucia Gracia Garcia
    Lucia Gracia Garcia
    Posted at 23:46h, 03 julio Responder

    He cumplido hoy 65 años, tengo una pension de 1,156 euros, y un plan de pensiones de 9,300 euros,
    En agosto se casa mi hija , por lo que quisiera rescatar 4000 euros para los gastos,
    Mi pregunta es , si lo rescato todo que me cobraria hacienda ,????
    O es mejor dejar el resto en forma de renta???
    Muchas gracias

  • Avatar for MANUEL MARTINEZ BENAVIDES
    MANUEL MARTINEZ BENAVIDES
    Posted at 10:31h, 29 noviembre Responder

    Tengo 72 años y hasta el 31/12/18 puedo rescatar mi fondo de pensiones(antes montepio de empleados) con el 40% de desgravación.Los derechos consolidados son de 106.000 euros. Sin reducción tengo 14.000 euros. MI BASE IMPONIBLE ACTUAL ES DE 33.000 EUROS.Mi pregunta es cómo puedo recuperarlo en las mejores condiciones de impuestos. Me gustaría conocer las tablas de retención de este año.

    • Avatar for José Carlos Álvarez Jiménez
      José Carlos Álvarez Jiménez
      Posted at 19:30h, 29 noviembre Responder

      Hola Manuel:

      Por supuesto podemos hacer el estudio de su caso concreto, si nos autoriza a ponernos en contacto con usted por correo electrónico le podemos pasar un presupuesto para realizar su estudio.

      Un cordial saludo y quedamos a la espera de su respuesta

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