27 Oct ¿Tienes una sociedad y no sabes cómo tributar por las retribuciones de socios?

Retribuciones de socios: ¿Eres administrador de tu empresa? ¿Sabes si en los estatutos de tu empresa aparece tu cargo de administrador como retribuido? ¿Sabes cómo tributan estas retribuciones como socio? Ésta es la pregunta que vamos a responderte en este artículo. Si nunca has tratado con tu asesor este asunto, es posible que estés incurriendo en una contigencia fiscal.
Y sabes lo que hace la AEAT con las contigencias fiscales. ¿verdad?
¿Por qué es importante saber cuál es tu retribución de socio?
Déjame que te cuente de donde viene toda esta historia para que te hagas una idea de la importancia que tiene este «pequeño» detalle de las retribuciones de los socios de tu empresa.
En 2007 se iniciaron campañas de inspección con un objeto: valorar si las cuantías cobradas por los administradores se ajustaban a la normativa de operaciones vinculadas.
En 2008 se dejó sentada la doctrina del vinculo y se abrió la puerta a una campaña de acoso y derribo contra las retribuciones percibidas por los socios administradores de las sociedades mercantiles. Esta campaña puso en un foco especial y muy fuerte sobre la fiscalidad de las retribuciones de los socios profesionales.
A partir del 2015 entra en vigor la nueva Ley del Impuesto de Sociedades en la que se indica: (OJO al dato)
- Art 15 e no serán gastos fiscalmente NO deducibles “las retribuciones a los administradores por el desempeño funciones de alta dirección, u otras funciones derivadas de un contrato de carácter laboral con la entidad”. (Nota para ti: tela con la redacción del artículo y la doble negación)
- Art 15 f No serán gastos fiscalmente deducibles “ los gastos de actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico».
Los cambios de normativa han hecho que tu retribución como socio pueda no ser considerada como gasto fiscalmente deducible, con el consiguiente riesgo fiscal para tu empresa
Los cambios de normativa han hecho que tu retribución como socio pueda no ser considerada como gasto fiscalmente deducible, con el consiguiente riesgo fiscal para tu empresa
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¿Cuándo puedes deducirte realmente las retribuciones de los socios?
Resumiendo mucho (porque hay multitud de interpretaciones jurídicas) los importes por la sociedad a su socio-administrador son deducibles siempre que:
- Estén incluido en los Estatutos sociales.
- Conste la prueba de su dedicación personal a las labores de gerencia (y por supuesto su nómina y su seguridad social). Y éste es precisamente el problema, aclarar qué son labores de gerencia y qué no.
¿Qué puedes hacer para proteger tus retribuciones como socio frente a Hacienda?
Para solventar estos requisitos, y contemplar la situación de dualidad de funciones (es decir, que seas administrador y a la vez realices trabajos para la sociedad) te aconsejo lo siguiente:
Consejo 1 para proteger tus retribuciones como socio frente a Hacienda: REVISA TUS ESTATUTOS.
Es IMPRESCINDIBLE que, en tus estatutos, tengas reflejado el siguiente texto, de forma que te proteges ante posteriores inspecciones.
El cargo de administrador será retribuido. Los administradores tendrán como retribución la cantidad XXX EUROS MENSUALES (XXX,00€). Esta cantidad que podrá variar, por acuerdo de la Junta General para cada ejercicio social. Y en concepto de pago en especie de autónomos se abonaran trescientos dieciséis euros con dos céntimos de euro (316,02€) mensuales, que serán objeto de actualización conforme se establezca por la Tesorería General de la Seguridad Social.
No obstante lo anterior, lo administradores podrán renunciar a la retribución.
Si los administradores, además de ostentar tal cargo, tienen una relación laboral, ya sea común o especial, una relación mercantil u otra de cualquier tipo con esta Sociedad, percibirán la remuneración, la retribución o los honorarios, según el caso, que pacten, como si se tratara de un tercero.
Por favor, revisa las escrituras de constitución de tu sociedad, dentro de ellas estarán los estatutos (si no los has cambiado desde la constitución). Busca la cláusula de retribución del administrador, y si no está, por favor habla con tu asesor para incluirla.
Consejo 2 para proteher tus retribuciones como socio frente a Hacienda: vigila tu participación en la sociedad.
Es vital que vigiles tu participación en la sociedad puesto que pueden darse dos casos, que poseas más del 50% o menos del 50% de la sociedad.
a) Si posees el 50% o más de tu sociedad, no puedes cobrar nómina como empleado.
Entonces tendrías dos opciones:
- Cobrar nómina como administrador (recuerda que siempre que los estatutos lo contemplen así), con una retención del 35% en 2016, salvo que el importe neto de la cifra de negocios del año anterior sea inferior a 100.000 €, en cuyo caso se aplicaría el 19%.
- Cobrar como autónomo, facturando tus servicios, con IVA y retención. Pero mucho cuidado porque en este caso debes demostrar que tienes sede propia con tus propios medios y sin relación directa ni jerarquías con la sociedad a la que facturas, de lo contrario tendrías que tener nómina.
b) Si posees menos del 50% de tu sociedad.
Entonces depende de la naturaleza de los servicios que cobres a la sociedad:
- Si son servicios de administrador contemplados en los estatutos. Puedes cobrarlos por nómina con una retención como en el caso anterior.
- Si se trata de otros servicios profesionales. Si participas en sociedades y entidades profesionales (dadas de alta en un epígrafe de actividades profesionales del IAE) no puedes cobrar nómina. Tienes que emitir factura obligatoriamente.
Si todo de lo que te he hablado aquí te suena a chino.
Por favor, habla con tu asesor. Y si tu asesor no sabe de qué le hablas, entonces cambia de asesor.
Por favor, habla con tu asesor. Y si tu asesor no sabe de qué le hablas, entonces cambia de asesor.
Si no lo estás haciendo bien, tienes una contingencia fiscal, que puede llevar acarreada una revisión de los impuestos liquidados en los últimos cuatro años, una reducción de tus gastos deducibles, y un nuevo pago a Hacienda junto con la sanción correspondiente.
¿Ves por qué es importante?
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Lo que te he contado en este artículo te ayuda a optimizar tu estrategia fiscal. Sin embargo, esto no es suficiente para que tu negocio funcione y crezca de forma sostenible en el tiempo.
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Leandra Cooley
Posted at 00:45h, 12 eneroBuscando al mejor equipo, gracias por tu increíble aportación me ayudo mucho!
José Carlos Álvarez Jiménez
Posted at 09:05h, 12 eneroGracias Leandra por tu comentario